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    Restricciones y prohibiciones para el 18 de Diciembre

    Varias restricciones y prohibiciones estarán vigentes para las elecciones internas partidarias, a celebrarse este domingo, incluyendo la aglomeración de personas cerca de los locales de votación, el voto doble y el uso de distintivos proselitistas, entre otros.

    Este 18 de diciembre se llevarán a cabo las internas simultáneas partidarias en los diferentes partidos y agrupaciones políticas que participarán de las Elecciones Generales del 2023.

    Tal y como ocurre en cada periodo de renovación de autoridades, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recuerda la vigencia de diferentes disposiciones para los comicios, incluyendo una serie de restricciones y prohibiciones.

    PROHIBICIONES VIGENTES EN LAS INTERNAS:

    *Venta de bebidas alcohólicas en un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación, pero solo en el día de los comicios.

    *Aglomeración de grupos de personas en un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación mientras se desarrollan las elecciones.

    *Portación de distintivos alusivos a los candidatos de los diferentes partidos y movimientos, tanto en afiches, carteles, remeras o en los vehículos.

    *Uso de cualquier tipo de dispositivo con cámara fotográfica (incluyendo teléfonos celulares) al ingresar al cuarto oscuro.

    *Portación de armas de fuego en un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación.

    *Instalación de “mesas de consulta” por parte de los movimientos o agrupaciones políticas cerca de los locales de votación.

    LO QUE SÍ ESTARÁ PERMITIDO:

    *Venta y consumo de bebidas alcohólicas antes de las elecciones (no rige la “Ley Seca” de las generales).

    *Organización de encuentros o reuniones sociales antes de los comicios.

    VOTO DOBLE

    Desde el TSJE recuerdan la prohibición del “voto doble” en estas internas partidarias ya que se cataloga como un delito electoral, sobre todo considerando la inclusión de personas afiliadas y no afiliadas en el padrón de la Concertación Nacional (incluyendo a los colorados).

    Al tener autorización para utilizar el Padrón Nacional, tanto las personas empadronadas como aquellas que sí se encuentran afiliadas a los diferentes partidos o agrupaciones políticas figuran en la lista de habilitados para votar en los comicios de la Concertación.

    En el caso de los colorados, solo podrán votar en una de las internas, sea en las de la ANR o la Concertación (donde solo podrán votar por una de las chapas presidenciales en pugna). Si se constata una doble votación, se exponen a una posible imputación por parte de la Fiscalía.

    VOTACIÓN DE NO AFILIADOS EN LA CONCERTACIÓN

    Las personas que solo están empadronadas y no son afiliadas a ningún partido político tendrán la posibilidad de votar por alguna de las chapas presidenciales que forman parte de la Concertación Nacional, no así por las diferentes candidaturas internas.

    Esto quiere decir que las personas sin afiliación política pueden votar en la mesa de votación solo por dos candidaturas: Presidente y Vicepresidente. En el caso de los votantes del Departamento Central, también podrán hacerlo por el cargo de gobernador.

    CÉDULA DE IDENTIDAD PARA VOTAR

    Al momento de acudir a la mesa de votación, solo se requerirá la presentación de la cédula de identidad, ya sea que estén actualizadas o vencidas.

    No tendrán validez las fotocopias de cédulas, así como otros documentos identificatorios del elector (pasaportes, registros de conducir, carnets de afiliación, etc).

    FUENTE DIARIO HOY

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