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    Multas por no ir a votar

    La Cámara de Senadores se ratificó este jueves en multar con medio jornal mínimo a aquellas personas que no acudan a votar. El documento vuelve a la Cámara de Diputados para su estudio y consideración.

    El Senado se ratificó este jueves en su versión de multar con medio jornal mínimo, que corresponde a G. 40.000, a las personas que no acudan a votar.

    .Un total de 24 senadores votaron por la ratificación, 12 parlamentarios por la versión de Diputados y nueve estuvieron ausentes en la sesión ordinaria. Se trata del proyecto de ley que modifica el artículo 332 de la Ley 834/1996 que establece el Código Electoral Paraguayo.

     

    El documento menciona que las personas que no cumplan con su obligación de votar serán sancionadas con una multa equivalente a medio jornal mínimo para actividades diversas no especificadas.

    Además, las personas que no realicen el pago de la multa podrán ser suspendidas de algunos trámites públicos, como el de pasaportes y ante tributación, como también transferencias condicionadas ante registros públicos, entre otros. Tampoco podrán cobrar subsidios.

    La versión inicial incluía la suspensión de expedición de documentos como cédula de identidad, pasaportes, trámites en Registros Públicos, Catastro, Tributación, entre otros, que fueron eliminados en Diputados, pero los senadores se ratificaron en su contenido original.

     

    Ahora el documento vuelve a la Cámara de Diputados para su estudio y consideración.

    Si bien, muchas personas no acuden a votar, esto se debe no solo a la falta de compromiso ciudadano, sino también a la falta de renovación de las figuras políticas, que vuelven a ocupar los cargos públicos por varios periodos consecutivos, algunos de ellos incluso investigados por la Justicia.

     

    FUENTE DIARIO ULTIMA HORA

     

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